Por María del Carmen Ortega
Especial para CENTRO Tampa
Pregunta: Estoy embarazada y estaré sin trabajo durante seis meses. ¿Califico para discapacidad a corto plazo?
Respuesta: No. El Seguro Social paga solo por la incapacidad total, condiciones que le impiden trabajar y se espera que duren al menos un año o que terminen en la muerte. No se pagan beneficios por discapacidad parcial o discapacidad a corto plazo, incluidos los beneficios durante la licencia de maternidad.
Pregunta: Volví a trabajar después de retirarme, pero ahora la compañía para la que trabajo está reduciendo su personal. Recibiré beneficios de desempleo en unas pocas semanas. ¿Esto afectará mis beneficios de jubilación?
Respuesta: Cuando se trata de beneficios de jubilación, el Seguro Social no cuenta el desempleo como ganancias, por lo que sus beneficios de jubilación no se verán afectados. Sin embargo, cualquier ingreso que reciba del Seguro Social puede reducir sus beneficios de desempleo. Comuníquese con la oficina estatal de desempleo para obtener información sobre cómo su estado aplica la reducción a su compensación por desempleo.
Pregunta: ¿Cómo sé si cumplo con los requisitos de elegibilidad para obtener los beneficios por discapacidad del Seguro Social?
Respuesta: Para calificar para los beneficios por discapacidad del Seguro Social, debe haber trabajado lo suficiente en trabajos cubiertos por el Seguro Social (generalmente 10 años). También debe tener una afección médica que cumpla con la definición estricta de discapacidad del Seguro Social. Consideramos a un adulto discapacitado bajo nuestras reglas si él o ella tiene una condición médica, o combinación de condiciones médicas, que se espera que duren al menos un año o resulten en la muerte, y que impidan la realización de cualquier tipo de trabajo. Si cree que puede ser elegible para recibir beneficios por discapacidad y desea presentar una solicitud, puede usar nuestra solicitud en línea en Segurosocial.gov/applyfordisability.
Escríbale a la columnista: Maria.Ortega@ssa.gov